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Procuraduría formuló pliego de Cargos a Johan Alberto Ramírez Mejía (2016-2019) exalcalde de Cocorná

  • Foto del escritor: PrensaFMSantader
    PrensaFMSantader
  • 19 nov 2023
  • 2 Min. de lectura

  • El exfuncionario habría omitido responder en los términos legales establecidos, las peticiones radicadas ante su despacho por un abogado y también por la Procuraduría debido a la posible falta de gestión. 

Por presunta vulneración al derecho de petición, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el entonces alcalde de Cocorná, Antioquia, Johan Alberto Ramírez Mejía (2016-2019).

Inicialmente, el investigado habría omitido atender en los términos legales establecidos la petición de un abogado que representaba sus intereses y los de varios ciudadanos que solicitaban el dinero adeudado por haber trabajado en la obra de mejoramiento de la vía Pailania - El Retiro, que fue objeto del convenio celebrado entre el municipio y la Asociación de Municipios Corpobosques.

Asimismo, se cuestiona al exmandatario la presunta falta de respuesta oportuna a la solicitud que posteriormente presentó el Grupo de Supervigilancia al derecho de petición de la Procuraduría ante la administración municipal de Cocorná, relacionada con las misma reclamación por concepto de pagos laborales. 

 Para el Ministerio Público con esta posible conducta, el exfuncionario habría incurrido en prohibición por “Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las peticiones respetuosas de los particulares o a solicitudes de las autoridades (…)”, 

Con la supuesta reiteración de esta falta, Ramírez Mejía también pudo desconocer los principios de eficacia y celeridad que contempla el ejercicio de la función pública.

Provisionalmente, las faltas del exalcalde fueron calificadas por la Procuraduría Provincial de Instrucción de Rionegro como graves a título de culpa gravísima. 

La entidad señaló que los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para su defensa. En cumplimiento de la separación de roles, el expediente se remitirá al funcionario de juzgamiento correspondiente.

CCJ/cc. (@PGN_COL).

 
 
 

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